El Tribunal de Justicia de la UE tumba la norma de Castilla y León que permite la caza del lobo
El TJUE sentencia que no se puede autorizar la muerte de estos animales mientras que la situación de la especie en el conjunto del país sea desfavorable
La justicia europea ha fallado que la norma de Castilla y León que permite cazar lobos al norte del río Duero va contra la directiva europea para la protección de los hábitats. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) no tiene dudas: “la ley regional es contraria a la directiva”, ha sentenciado este lunes. La consecuencia de esta decisión es que “el lobo no puede ser declarado como especie cazable en una parte del territorio de un Estado miembro cuando su estado de conservación a nivel nacional es desfavorable”. Esta decisión falla sobre la se suma a la del Tribunal Constitucional, que en 2022 también declaró ilegal parte de la norma castellanoleonesa.
El fallo conocido este lunes sigue la línea marcada por los jueces europeos este mismo mes ante la orden para el sacrificio de un lobo en la región austriaca del Tirol. Tanto entonces como ahora, el TJUE viene a decir que no puede declararse al lobo (Canis lupus) como una especie cinegética mientras su estado de conservación sea desfavorable. Y ese estado precisamente, “desfavorable”, es el que sufre la especie en España, por tanto, no cabe en el ordenamiento europeo que una comunidad autónoma declare que pueden cazarse lobos en una parte del territorio nacional.