Ecologistas en Acción pide la retirada de Plan General de Caza de Castilla y León
Ecologistas en Acción denuncia que el plan no garantiza el equilibrio ecológico ni el buen estado de conservación de las especies, ya que ha sido elaborado de forma apresurada únicamente para justificar la práctica cinegética en la comunidad.
El Plan General de Caza que pretende aprobar la Consejería de Fomento y Medio Ambiente tiene una vigencia de 5 años. Se aleja por tanto de las necesarias Órdenes anuales de regulación de la caza que daban respuesta a la evidencia de que el periodo y las condiciones en las que se puede ejercer la actividad dependen de factores que varían anualmente como la climatología (más en el escenario de la actual crisis climática), la fenología y otros, perfectamente definidos en la Ley 9/2019, que modifica la Ley 4/1996 de Caza en Castilla y León, y que no pueden considerarse excepcionalidades.
El actual Consejero de Fomento y Medioambiente y su equipo directivo pretenden escenificar que los cupos de caza se basan en estudio sólidos. Ecologistas en Acción denuncia de nuevo que los supuestos estudios no se han hecho públicos, como debería ser, por lo que parece que siguen la estela de los utilizados para aprobar el Decreto 10/2018, que regulaba el aprovechamiento de las especies cinegéticas. Este decreto está suspendido cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León precisamente porque los estudios de las poblaciones carecían de valor para asegurar la conservación de las especies que iban a ser objeto de aprovechamiento.
Sobre la caza del lobo Ecologistas en Acción señala que los cupos se remiten a los Planes de Cinegéticos de los Cotos, carentes de valor al no tener el soporte de unos Planes Comarcales que han sido suspendidos cautelarmente por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Ecologistas en Acción recuerda que la Ley 9/2019 de Caza de Castilla y León va a ser juzgada por el Tribunal Constitucional tras un recurso presentado por el Defensor del Pueblo, precisamente por no ser un instrumento válido para regular de forma concreta poblaciones faunísticas, y por ser una forma de escapar a la tutela judicial efectiva. Sobre esta cuestión la Junta de Castilla y León tiene una amplia experiencia en casos como la Ciudad del Medioambiente, Meseta ski, el Vertedero de Santovenia, o las pistas de esquí de San Glorio.
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